Nº de Registros encontrados: 4001
Mostrando del 1936 al 1950
En los campos marcados con O puedes introducir varios elementos separados por comas.
Posicionándonos sobre el campo se ofrece ayuda para su implementación.
Nº | Fecha | Indicador | Ley Ordenar descendente | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
109/2017 | 02/08/2017 |
|
|
|
|
Retroacción por infracción de procedimiento al no reenviar la solicitud de información a los órganos competentes. |
RETROACCIÓN | EE.LL. | ALGESA (ACTIVIDADES DE LIMPIEZA Y GESTIÓN DE ALGECIRAS) | Ver | |
110/2017 | 02/08/2017 |
|
|
|
|
Inadmisión. Solicitar un informe que ofrezca una fundamentación pretendida es reelaboración. |
INADMITIDA | JdA | DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PUBLICA | Ver | |
112/2017 | 07/08/2017 |
|
|
|
|
Inadmisión. Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación de los Ayuntamientos sea superior al 50 % están incluidas en el ámbito subjetivo de la LTPA. Se analiza una petición de grabaciones de un Consejo de Administración. Los archivos audiovisuales constituyen también información. Se admite la alegación consistente en que la grabación sirve al único propósito de ser preparatoria o auxiliar para redactar el acta oficial. Igualmente puede ser aplicable el límite previsto en el art. 14.1.k LTAIBG, relativo a las garantías de confidencialidad o secreto requerido en proceso de toma de decisiones. |
INADMITIDA | EE.LL. | APEMSA (AGUAS DEL PUERTO EMPRESA MUNICIPAL, S.A.) | Ver | |
120/2017 | 08/11/2017 |
|
|
|
|
Las Cofradías de Pescadores, como Corporaciones de Derecho Público, están incluidas en el ámbito subjetivo de la LTPA; en concreto, el art. 3.1 h). Sin embargo, sólo en sus actividades sujetas al Derecho administrativo. El órgano reclamado ofrece alguna información. Otra no tiene o considera privativa de la Cofradía. Debió remitirse a la Cofradía la solicitud, de acuerdo con lo previsto en los artículos 19.1 y 19.4, ambos de la LTAIBG, para que dicha Corporación decidiera sobre el acceso de su información . Se desestima |
DESESTIMADA | JdA | DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA | Ver | |
121/2017 | 15/11/2017 |
|
|
|
|
Solicitud de información en expediente de persona fallecida. No es obligatorio motivar las solicitudes de información, por lo que no cabe denegar automáticamente toda petición en la que no se ejerza el derecho a no motivar las solicitudes. Necesidad de efectuar la ponderación según las circunstancias concurrentes. El Reglamento de LOPD establece que no será de aplicación a las personas fallecidas. Las personas fallecidas no son titulares del derecho fundamental a la protección de datos personales pero en determinadas circunstancias los familiares pueden ser titulares de otros derechos garantizados constitucionalmente que hay que ponderar. Se estima al considerar que la información no tiene trascendencia que afecte a la personalidad de los familiares. |
ESTIMADA | JdA | DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PUBLICA | Ver | |
003/2018 | 03/01/2018 |
|
|
|
|
Retroacción del procedimiento por tratarse de información elaborada o generada en otro organismo. |
RETROACCIÓN | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE BAILÉN | Ver | |
007/2018 | 03/01/2018 |
|
|
|
|
Retroacción del procedimiento por tratarse de información elaborada o generada en otro organismo. |
RETROACCIÓN | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DEL RIO | Ver | |
011/2018 | 17/01/2018 |
|
|
|
|
Se solicita información sobre los contratos adjudicados a una persona en un período de tiempo. Esa información ya sería objeto de publicidad activa. No se aplica en este supuesto el art. 15 LTAIBG. No resulta obligado que el solicitante motive la solicitud. Se estima |
ESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ESPELUY | Ver | |
012/2018 | 17/01/2018 |
|
|
|
|
El Ayuntamiento remitió, con base en el art. 19.4 LTAIBG, la solicitud al órgano competente, quien dictó resolución en plazo sin que ésta haya sido recurrida. Se desestima |
DESESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MANCHA REAL | Ver | |
015/2018 | 17/01/2018 |
|
|
|
|
Retroacción por deficiencias en la tramitación de la solicitud de información. |
RETROACCIÓN | JdA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES DE HUELVA | Ver | |
018/2018 | 24/01/2018 |
|
|
|
|
El Ayuntamiento remitió la solicitud al órgano competente para resolver. El órgano cumplió las prescripciones establecida en la legislación de transparencia. Se desestima |
DESESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE TORREDELCAMPO | Ver | |
019/2018 | 24/01/2018 |
|
|
|
|
El Ayuntamiento remitió, con base en el art. 19.4 LTAIBG, la solicitud al órgano competente, quien dictó resolución en plazo sin que ésta haya sido recurrida. Se desestima |
DESESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE JÓDAR | Ver | |
020/2018 | 24/01/2018 |
|
|
|
|
El Ayuntamiento remitió, con base en el art. 19.4 LTAIBG, la solicitud al órgano competente, quien dictó resolución en plazo sin que ésta haya sido recurrida. Se desestima |
DESESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE LA CAROLINA | Ver | |
021/2018 | 24/01/2018 |
|
|
|
|
El Ayuntamiento remitió, con base en el art. 19.4 LTAIBG, la solicitud al órgano competente, quien dictó resolución en plazo sin que ésta haya sido recurrida. Se desestima |
DESESTIMADA | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE ANDUJAR | Ver | |
022/2018 | 24/01/2018 |
|
|
|
|
Retroacción del procedimiento por tratarse de información elaborada o generada en otro organismo. |
RETROACCIÓN | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MARCHENA | Ver |