Ficha Resumen de la Resolución

Número
RPS-21/2022
Fecha
Resumen
Una persona reclama porque considera que se le ha embargado erróneamente por un impago de la tasa de alcantarillado. En realidad, la vivienda sobre la que se le reclama la tasa no es suya, sino de una persona que se llama como ella y -en algún momento- se asoció por error el DNI de la persona reclamante a la vivienda cuya tasa se reclamaba. La persona denunció el error al Ayuntamiento en 2016, pero hasta el año 2021 (5 años después) no se llega a corregir (y a devolver el dinero). Se considera que el Ayuntamiento de Estepona ha infringido el principio de 'exactitud' establecido en el artículo 5.1.d) RGPD, y se dirige un APERCIBIMIENTO por la dilación indebida en la rectificación de los datos; no se establecen medidas adicionales por haberlas ya tomado el órgano infractor.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
5.1.d)
Párrafo
Vulneración del principio de “exactitud”
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA
Provincia
MÁLAGA
Sentido
APERCIBIMIENTO
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