Ficha Resumen de la Resolución

Número
RPS-2023/002
Fecha
Resumen
Se trata de una reclamación contra la Escuela de Arte de Sevilla (Consejería de Educación y Desarrollo Educativo) en relación con la divulgación de un documento entre todos los profesores del claustro que la persona reclamante había enviado para realizar observaciones a un acta. En dicho documento se incluían datos personales de la misma como el domicilio. Aunque el centro argumenta la seguridad del sistema de mensajería utilizado (Séneca), desde el Consejo se hace mención a que no se pone en duda dicha seguridad, sino el contenido que puedan o no incluir los documentos que se remitan a partir de él.
Se considera que no se disponía de medidas adecuadas para que el personal conociera cómo debía remitirse la documentación (ocultando datos no necesarios) y se dicta el APERCIBIMIENTO por vulneración del artículo 31.2 del RGPD, en relación con la inexistencia de las mencionadas medidas. No se incluyen en la resolución otras medidas a llevar a cabo por parte del centro, dado que en transcurso del procedimiento, la Escuela implanta medidas específicas para indicar cómo han de remitirse los documentos, si bien al detectarse una falta de actualización en el inventario de actividades de tratamiento, se insta a la Consejería a realizar dicha actualización.
Tipología
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Ley
RGPD
Artículo
32.1
Párrafo
Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Ámbito
JUNTA DE ANDALUCÍA
Órgano
ESCUELA DE ARTE DE SEVILLA (CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL)
Provincia
SEVILLA
Sentido
APERCIBIMIENTO
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