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Fecha Tipológia Ley Art Párrafo Resumen Sentido Ámbito Ordenar descendente Órgano Ficha
RPS-2024/035 24/07/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • LOPDP
  • LOPDP
  • RGPD
  • 6.1.a)
  • 17
  • 35
  • Vulneración de los principios relativos al tratamiento de datos personales
  • Dispositivos móviles
  • Evaluación de impacto relativa a la protección de datos
Se reclama la instalación cámaras de videovigilancia en una zona de esparcimiento de dependencias policiales (gimnasio) y en los vehículos policiales, incumpliendo los requisitos que la ley establece.
Se constató que en el interior de los vehículos policiales estaban instaladas y en funcionamiento videocámaras de grabación/captación, sin que se contaran con las autorizaciones correspondientes para ello y sin haberse realizado previamente la correspondiente Evaluación de Impacto en la Protección de Datos. Por ello, se inició Procedimiento sancionador.
Notificada la propuesta de resolución al órgano reclamado, éste no presentó alegaciones.
Se procede a DECLARAR las INFRACCIONES responsabilidad del Ayuntamiento de Bormujos, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 58.a) de la LOPDP por vulneración de los artículos 6.1.a) y 17 de la LOPDP a consecuencia de la falta de legitimidad del tratamiento de videovigilancia móvil de la vía pública por la policía local desde los vehículos de la misma.
Asimismo, se procede DECLARAR la INFRACCIÓN tipificada en el artículo 83.4.a) del RGPD por vulneración del artículo 35 del RGPD por no constar haber realizado la correspondiente Evaluación de Impacto.
Como medida adicional se propone ordenar a la entidad incoada que remita al Consejo, en el plazo máximo de dos meses tras la notificación de la resolución, la documentación acreditativa de que las cámaras de videovigilancia instaladas en los vehículos ya no están instaladas en los mismos, o que ya se cuentan con las autorizaciones y evaluaciones de impacto necesarias para su funcionamiento.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS Ver
RPS-2024/036 29/07/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 37
  • Falta la designación del delegado de protección de datos (DPD)
Como parte de las actuaciones llevadas a cabo desde el Consejo para el fomento del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, en virtud de su competencia como autoridad de control en la materia, se realizaron diversos requerimientos a ayuntamientos en relación con la necesaria designación de Delegado de Protección de Datos (DPD) y su comunicación a la autoridad de control, en particular, al Ayuntamiento de Puerto Real, con la advertencia de que no dar cumplimiento a dichas obligaciones podría suponer una infracción de la mencionada normativa.
El Ayuntamiento no realizó el nombramiento de un Delegado de Protección de Datos, y es por eso por lo que se inició procedimiento sancionador.
Notificada la propuesta de resolución al órgano reclamado, presentó alegaciones pero no desvirtuaban el contenido esencial de la infracción que se declara cometida ni suponen causa de justificación o exculpación suficientes.
Por ello, se DECLARA la INFRACCIÓN responsabilidad del Ayuntamiento de Puerto Real por infracción del artículo 37 del RGPD, tipificada en el artículo 83.4.a) del RGPD.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL Ver
RPS-2024/016 11/06/2024
  • PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
  • RGPD
  • 5.1.f)
  • 32.1
  • Vulneración del principio de “integridad y confidencialidad"
  • Falta de aplicación de adecuadas medidas técnicas y organizativas
Se reclama la notificación a través de Boletín Oficial del Estado (BOE) de un acto administrativo publicando datos personales de la persona reclamante incumpliendo la normativa de protección de datos.
Tras un periodo de actuaciones previas de investigación, quedó acreditado que el órgano reclamado publicó indebidamente en el BOE datos personales de la persona reclamante, al no haber actuado conforme a la normativa aplicable a las notificaciones administrativas, insertando un anuncio en el Boletín Oficial del Estado cuando aún no había concluido el trámite ordinario de notificación al interesado que exige dos intentos de notificación. Por ello, se inició Procedimiento sancionador.
Notificada la propuesta de resolución al órgano reclamado, éste no presentó alegaciones.
Se procede a DECLARAR la INFRACCIÓN responsabilidad del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de la Diputación de Sevilla por la comisión de la infracción tipificada el artículo 83.5.a) del RGPD por vulneración del artículo 5.1.f) del RGPD referido al principio de confidencialidad y de la infracción tipificada el artículo 83.4.a) RGPD por vulneración del artículo 32.1 del RGPD por falta de adopción de aquellas medidas técnicas y organizativa necesaria para garantizar la confidencialidad de los datos.
DECLARACIÓN DE INFRACCIÓN ENTIDADES LOCALES ORGANISMO PROVINCIAL DE ASISTENCIA ECONÓMICA Y FISCAL DE LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA Ver
RED-2/2021 10/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso sobre datos personales por el Servicio Andaluz de Salud. Se produce una atención extemporánea del ejercicio de derechos, por lo que se estima por motivos formales la reclamación, instando al órgano reclamado que justifique, en el plazo mes, las actuaciones realizadas por el Responsable del tratamiento, para garantizar que se ha procedido , de forma efectiva, a la rectificación de los datos objeto de reclamación.
ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-3/2020 12/11/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por el Servicio Andaluz de Salud. Se produce una atención extemporánea del ejercicio de derechos, por lo que se estima por motivos formales la reclamación, sin que proceda instar a otra actuación al órgano reclamado. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-4/2020 23/12/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 17
  • Derecho de supresión
Reclamación presentada por no haber sido atendido el EJERCICIO DE DERECHO de supresión de datos de su historial médico de urgencias. Se considera que la denegación del derecho de supresión por el Servicio Andaluz de Salud está justificada en virtud del artículo 17.3 RGPD y de la Ley de Autonomía del Paciente que obliga a los centros sanitarios a conservar la historia clínica. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-6/2020 30/12/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por la Consejería de Turismo, Regeneración Justicia y Administración Local (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Huelva), adscrito a la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal. Se desestima por considerar que es el órgano judicial competente el responsable del tratamiento ante el que se debió ejercitar el derecho de acceso, siendo el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Huelva un encargado de tratamiento. Se insta a la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal a trasladar, en el plazo máximo de quince días, la solicitud de ejercicio de derecho de acceso al órgano judicial correspondiente. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL Ver
RED-7/2020 30/12/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por el Servicio Andaluz de Salud. Se procede a declarar la pérdida sobrevenida del objeto de la reclamación y, consiguientemente, la terminación del procedimiento, en la medida en que el Servicio Andaluz de Salud ha dado respuesta a la solicitud formulada a partir de la intervención del Delegado de Protección de Datos. DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-1/2020 09/10/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación presentada por la falta de algún documento entre los aportados como respuesta a la solicitud de EJERCICIO DE DERECHO de acceso ante el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la ilegibilidad de otros. Desde el SAS se reenvía la información al reclamante, solucionando el problema de legibilidad y se acredita la remisión de toda la documentación clínica existente al mismo. DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-5/2020 30/12/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por el Servicio Andaluz de Salud. Se produce una atención extemporánea del ejercicio de derechos, por lo que se estima por motivos formales la reclamación, sin que proceda instar a otra actuación al órgano reclamado. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-2/2020 20/10/2020
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Resolución RED-2/2020, de 20 de octubre, DESESTIMATORIA, en relación a dos reclamaciones presentadas por no haber sido debidamente atendido el EJERCICIO DE DERECHO de acceso a las declaraciones y test realizados -por orden de un órgano judicial- ante un Instituto de Medicina Legal adscrito a la Dirección General de la Oficina Judicial y Fiscal. Se considera que el derecho de acceso ha de resolverse por el órgano judicial competente, como responsable del tratamiento, si bien el órgano reclamado, como encargado de tratamiento, debe dar traslado de la solicitud de ejercicio del derecho al mencionado órgano judicial.
DESESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR Ver
RED-4/2021 17/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales ante el Servicio Andaluz de Salud en relación a grabaciones de llamadas telefónicas efectuadas como consecuencia de la gestión de un proceso de bolsa de empleo. Finalmente el derecho es atendido, aunque fuera de los plazos establecidos, por lo que se estima por motivos formales la reclamación; se insta además al centro directivo responsable del tratamiento afectado a actualizar adecuadamente la publicación de su inventario de actividades de tratamiento. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver
RED-6/2021 18/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por la Consejería de Educación y Deporte en relación con diversa documentación, información y datos personales. Se estima la reclamación y se insta a los centros directivos responsables de los tratamientos afectados, conforme a sus respectivas competencias, para que remitan a la parte reclamante la respuesta a su solicitud de ejercicio de derechos, con independencia del sentido que pudiera darse a dicha respuesta. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-7/2021 18/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por falta de respuesta al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por la Consejería de Educación y Deporte en relación con diversa documentación, información y datos personales. Se estima la reclamación y se insta a los centros directivos responsables de los tratamientos afectados, conforme a sus respectivas competencias, para que remitan a la parte reclamante la respuesta a su solicitud de ejercicio de derechos, con independencia del sentido que pudiera darse a dicha respuesta. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE Ver
RED-8/2021 23/02/2021
  • EJERCICIO DE DERECHOS
  • RGPD
  • 15
  • Derecho de acceso
Reclamación por inadecuada atención al EJERCICIO DE DERECHO de acceso a datos personales por parte del Servicio Andaluz de Salud, en relación con el acceso a datos de la historia clínica de una persona fallecida solicitado por familiares de la misma. Se estima la reclamación y se insta al centro directivo responsable del tratamiento a formalizar la respuesta a las personas reclamantes en relación con la información solicitada. ESTIMADA JUNTA DE ANDALUCÍA SAS (SERVICIO ANDALUZ DE SALUD) Ver