Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1003
Mostrando del 1 al 15
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Nº Ordenar ascendente | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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99/2023 | 02/10/2023 |
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La denuncia señala la ausencia de publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas por el Pleno del Ayuntamiento entre los meses de enero y abril de 2023, contrariando lo dispuesto en el art. 10.3 LTPA. Sin embargo, tras consultar el Portal de Transparencia municipal, el Consejo ha podido confirmar la presencia de tales actas publicadas. Así pues, a la vista de la información publicada, e independientemente de las fechas en las que se haya podido producir su incorporación al Portal de Transparencia (aceptando incluso que se hubiesen divulgado las actas tras la denuncia interpuesta, tal y como parece sugerir la persona denunciante); el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE | Ver | |
99/2022 | 21/12/2022 |
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La persona denunciante señala que el Ayuntamiento ha publicado la lista definitiva de aspirantes en un determinado proceso selectivo sin informar sobre la baremación que les corresponde, lo que parece evidenciar un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.1 k) LTPA. Tras consultar la página web municipal, el Consejo ha podido advertir que, efectivamente, no se encuentra publicada la valoración de los méritos de las personas aspirantes, tal y como refiere la persona denunciante. Así las cosas, el Consejo considera que existe un cumplimiento defectuoso de dicha obligación, por lo que en virtud del art. 23 LTPA se requiere la oportuna subsanación. Para la identificación de las personas incluidas en listados como el indicado el ente local denunciado deberá atender a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Por otra parte, el principio de minimización de datos [art. 5.1 c) RGPD] y el art. 15 LTBG (respecto a la protección de datos personales) exigen la no inclusión de categorías especiales de datos en la publicación que se efectúe como parte de la publicidad activa de la entidad. Tampoco se deberán publicar los datos de personas que puedan encontrarse en una situación de especial protección que desaconseje que se revele su identidad. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MOLVIZAR | Ver | |
99/2021 | 30/06/2021 |
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En lo que respecta a la publicidad de las actas de la Junta de Gobierno Local, resulta determinante señalar que no forma parte de las obligaciones de publicidad activa impuestas por la LTPA. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA | Ver | |
99/2020 | 22/04/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de expediente de modificación de Plan Parcial | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TORREDELCAMPO | Ver | |
99/2019 | 02/04/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación inicial de cuenta general | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE OLIVARES | Ver | |
99/2018 | 24/10/2018 |
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Se denuncia incumplimiento de publicación en web del expediente de aprobación de Proyecto de Actuación, de acuerdo con el art. 13.1.e) LTPA. Se requiere subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ALANÍS | Ver | |
98/2023 | 02/10/2023 |
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La persona denunciante señala que la empresa municipal no publica determinada información relacionada con la actividad portuaria que desarrolla. El Consejo ha podido confirmar, en cambio, que en el Portal de Transparencia de la entidad mercantil se localiza un espacio reservado a facilitar diversa información coincidente con la que reclama la persona denunciante, donde se puede consultar la misma. Así las cosas, a la vista de la información publicada, y aun asumiendo que dicha publicación hubiera podido producirse tras la denuncia interpuesta, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que se archiva la denuncia. Esta conclusión se corrobora en tanto en cuanto la ausencia de publicación telemática de información relacionada con el estado de disponibilidad de los atraques y las listas de espera de los usuarios (que también demanda la persona denunciante) no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. En este sentido, a juicio del Consejo, la exigencia prevista en el 10.1 b) LTPA que impone publicar a este tipo de entidades en sus sedes electrónicas, portales o páginas web la información relativa a la normativa que les sea de aplicación, no da cobertura a esta pretensión. De este modo, ante la falta de acreditación respecto de tales aspectos del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, se confirma el archivo de la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con esta última documentación denunciada obre en poder de la citada empresa municipal o incluso del propio Ayuntamiento del que es medio instrumental. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuadamente atendida podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | PUERTO DEPORTIVO DE BENALMÁDENA, S.A.M. | Ver | |
98/2022 | 14/12/2022 |
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La persona denunciante atribuye a la EUC un supuesto incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como consecuencia de la falta de publicación de diversa información concernientes a trabajos realizados en la urbanización. Sin embargo, de toda la información denunciada, solo parte de ella se encuentra vinculada con la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 a) LTPA, en relación con los contratos concertados para la ejecución de dichos trabajos. Así pues, ante la imposibilidad de consultar esta información en la página web de la EUC, el Consejo entiende que concurre un deficiente cumplimiento de la obligación de publicidad activa precitada, por lo que se requiere la oportuna subsanación. Por su parte, el resto de la documentación reclamada por la persona denunciante no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el Título II LTPA. Aunque, ello no impide que se pueda solicitar mediante el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, como de hecho ha asumido la persona denunciante presentando también la reclamación oportuna. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN DE COSTA ESURI | Ver | |
98/2021 | 25/06/2021 |
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Se denuncias varios incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa. Foto del concejal: no es una obligacion de publicidad activa. Se constata la publicacion de actas, plenos y videoactas: se entiende cumplida la obligacion, aunque se recomienda su publicacion de un modo más estructurado. Publicacion de informes de fiscalizacion externo: se constata su ausencia. Agenda del Alcalde: esta publicado el enlace pero sin datos, constando la asistencia de Alcalde a algunos eventos segun la informacion publicada en la propia web: se constata el incumplimiento. Gastos de viaje: se constata su ausencia. Falta de publicacion de informacion sobre los representantes de partido politico en entes instrumentales dependientes del Ayuntamiento: la publicacion seria competencia del ente instrumental, y no del Ayuntamiento. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS | Ver | |
98/2020 | 20/04/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública del plan municipal de Vivienda y Suelo. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ BLANCO | Ver | |
98/2019 | 27/03/2019 |
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Ausencia de publicidad de las declaraciones de IRPF de los altos cargos de la Junta de Andalucía | ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA | Ver | |
98/2018 | 24/10/2018 |
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Se denuncia incumplimiento de publicación en web del expediente de un Proyecto de Actuación, de acuerdo con el art. 13.1.e) LTPA. Se requiere subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE EL CORONIL | Ver | |
97/2023 | 25/09/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa municipal una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AGUAS DE LUCENA, S.L. | Ver | |
97/2022 | 14/12/2022 |
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La entidad denunciada debe cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica, a la luz de lo establecido en el art. 5.1 LTPA. Sin embargo, el Consejo ha podido corroborar que, a excepción de las funciones que desarrolla, no facilita en su página web la información relativa a las obligaciones básicas que le resultan exigibles de acuerdo con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En consecuencia, se requiere la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | UNIÓN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Y GANADEROS DE ANDALUCÍA (UPA Andalucía) | Ver | |
97/2021 | 24/06/2021 |
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Se declara la caducidad del procedimiento y el archivo de la actuaciones. | ARCHIVO | UNIVERSIDADES PÚBLICAS | FUNDACIÓN ANDALUCÍA TECH | Ver |