Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1012
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Nº | Fecha Ordenar ascendente | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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28/2024 | 07/03/2024 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del ente local de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) información sobre las retribuciones percibidas anualmente por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad en la entidad, así como acerca de la relación vigente de puestos de trabajo, catálogo de puestos o documento equivalente referidos a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE LOS CORRALES | Ver |
29/2024 | 07/03/2024 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | No consta | Asociación Inserta Innovación | Ver |
27/2024 | 07/03/2024 |
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A pesar de lo que señala la denuncia, que la empresa municipal denunciada no haya presuntamente formulado ni depositado las cuentas anuales desde el año 2009 en el Registro Mercantil, no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda la información que obre en poder de la empresa municipal denunciada relacionada con el objeto de la denuncia. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por la misma podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo. |
ARCHIVO | No consta | Empresa Municipal del Suelo y Desarrollo Urbanístico de Albolote S.l. | Ver |
26/2024 | 04/03/2024 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | No consta | Alandalus Real Estate Gestión de Patrimonios, S.l. | Ver |
24/2024 | 29/02/2024 |
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La entidad subvencionada no ha procedido a subsanar en su integridad los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que procede requerir que publique la información de publicidad activa omitida que le resulta exigible. | SUBSANACIÓN | No consta | Fundación Don Bosco Salesianos Social | Ver |
23/2024 | 23/02/2024 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del ente local de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en su página web (o lo hace de modo incompleto) información sobre las retribuciones percibidas anualmente por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad en la entidad, así como acerca de la relación vigente de puestos de trabajo, catálogo de puestos o documento equivalente referidos a todo tipo de personal, con indicación de sus retribuciones anuales. Se requiere, en consecuencia, la oportuna subsanación. |
SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE SAN JUAN | Ver |
18/2024 | 15/02/2024 |
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La ausencia de publicación telemática por parte de la empresa municipal denunciada de un listado actualizado de las personas solicitantes de vivienda en régimen de alquiler o compra, donde se informe de aspectos tales como la baremación, la posición que se ocupa en el mismo o la puntuación; no constituye incumplimiento alguno de las obligaciones de publicidad activa definidas por el Título II LTPA. Así pues, ante la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede el archivo de la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en el artículo 24 LTPA) toda la información que obre en poder de la empresa municipal denunciada relacionada con el objeto de la denuncia. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por la misma podría legitimar la interposición de una reclamación ante el Consejo al amparo de lo que establece el citado artículo. |
ARCHIVO | No consta | Viviendas Municipales de Córdoba S.a. (vimcorsa) | Ver |
158/2023 | 22/12/2023 |
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El escrito de denuncia no identifica qué concretas exigencias de publicidad activa han sido pretendidamente desatendidas por la entidad local denunciada, derivando a este Consejo la tarea de llenar de un contenido preciso el objeto de la denuncia. Así pues, ante el carácter genérico e indeterminado de la misma y la falta de subsanación de esta incidencia, procede la inadmisión de la denuncia y su archivo. Ello no impide que la persona denunciante vuelva a plantear denuncia en el caso de que aprecie eventuales incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa a las que pueda sujetarse la citada entidad. |
INCUMPLIMIENTO | No consta | Ayuntamiento de Hornos de Segura | Ver |
145/2023 | 22/12/2023 |
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El escrito de denuncia no identifica qué concretas exigencias de publicidad activa han sido pretendidamente desatendidas por la entidad local denunciada, derivando a este Consejo la tarea de llenar de un contenido preciso el objeto de la denuncia. Así pues, ante el carácter genérico e indeterminado de la misma y la falta de subsanación de esta incidencia, procede la inadmisión de la denuncia y su archivo. Ello no impide que la persona denunciante vuelva a plantear denuncia en el caso de que aprecie eventuales incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa a las que pueda sujetarse la citada entidad. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE JAÉN | Ver |
144/2023 | 22/12/2023 |
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El escrito de denuncia no identifica qué concretas exigencias de publicidad activa han sido pretendidamente desatendidas por la Administración de la Junta de Andalucía, derivando a este Consejo la tarea de llenar de un contenido preciso el objeto de la denuncia. Así pues, ante el carácter genérico e indeterminado de la misma y la falta de subsanación de esta incidencia, procede la inadmisión de la denuncia y su archivo. Ello no impide que la persona denunciante vuelva a plantear denuncia en el caso de que aprecie eventuales incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa a las que pueda sujetarse la citada Administración autonómica. |
ARCHIVO | JUNTA DE ANDALUCÍA | JUNTA DE ANDALUCÍA | Ver |
143/2023 | 21/12/2023 |
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La denuncia señala la falta o deficiente publicidad que han tenido diversas bolsas de empleo en el Ayuntamiento de Barbate, en particular, la de administrativos. También se denuncia que el Portal de Transparencia municipal no ofrece información actualizada en relación con la RPT, convenios colectivos, personal de confianza, ofertas de empleo y los planes/subvenciones de Diputación de Cádiz. El Consejo ha podido confirmar que concurren los incumplimientos denunciados excepto respecto de los citados planes/subvenciones, en tanto en cuanto la publicidad de éstos recae sobre la propia Diputación Provincial y no sobre el Consistorio denunciado. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a este último la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información citada. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BARBATE | Ver |
142/2023 | 19/12/2023 |
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La persona denunciante achaca al partido político una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información sobre altos cargos y/o máximos responsables (retribuciones e indemnizaciónes); contratos, convenios y subvenciones; así como de carácter económico y presupuestario (cuentas anuales e informes de fiscalización, presupuestos). El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta prácticamente inexistente, a pesar de que como partido político debe cumplir las obligaciones de publicidad activa establecidas en la legislación básica estatal (LTAIBG). Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se le requiere al citado ente la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en su portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | OTRAS | GRUPO INDEPENDIENTE PRO-MUNICIPIO TORRE DEL MAR (GIPMTM) | Ver |
141/2023 | 19/12/2023 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE | Ver |
140/2023 | 19/12/2023 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre contratos y subvenciones; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE UTRERA | Ver |
139/2023 | 13/12/2023 |
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Aunque la denuncia atribuye al Ayuntamiento un presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 15 c) LTPA derivado de la ausencia de publicación electrónica de información relacionada con las subvenciones y ayudas públicas concedidas por el Consistorio durante los ejercicios 2021, 2022 y 2023; el Consejo ha podido confirmar que se encuentra publicada información a este respecto. En consecuencia, se archiva la denuncia. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO | Ver |