Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 978
Mostrando del 91 al 105
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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168/2020 | 10/09/2020 |
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Incumplimiento de obligación de publicar las convocatorias y las actas de las sesiones plenarias. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE EL GRANADO | Ver | |
205/2020 | 09/12/2020 |
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Ausencia de publicidad activa de Agenda institucional, ingresos económicos de los miembros de órganos de gobierno y convocatoria y actas de las Juntas de Gobierno. Se requiere la subsanación de la publicación de la agenda institucional, así como la de ls ingresos económicos de los mimebros del órgano de gobierno de la mancomunidad. Publicar las actas no constituye una exigencia de publicidad activa de acuerdo con la Ley. Sin embargo, sí es exigible la publicación de las convocatorias. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD PARA LA GESTIÓN DE LOS RSU "GUADALQUIVIR" | Ver | |
012/2021 | 09/02/2021 |
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Has de publicarse las actas de las sesiones plenarias. Se compobó su publicación con el Consejo y se archiva. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE GÉRGAL | Ver | |
014/2021 | 15/02/2021 |
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Se exige publicar electrónicamente los actos judiciales que el Ayuntamiento tenga la obligación de publicar según se determina en el art. 10.3 LTPA por remisión al art. 54.3 LAULA.// Publicación de actas de sesiones plenarias. Su actualización debe ser al menos trimetralmente.// La publicación de las actas de la Junta de Gobierno Local son potestativas, pues no resulta una obligación prevista en la LTPA. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE LOS INFANTES | Ver | |
017/2021 | 24/02/2021 |
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Ha de publicarse el organigrama actualizado del Ayuntamiento.// Igualmente deben publicarse las disposiciones de carácter general adoptadas por el ente local en materia urbanística. //Deberá resultar accesible la información relativa a la actividad contractual de la entidad local. // Resulta exigible la publicación de la información presupuestaria de la entidad.// Finalmente, han de publicacrse las retribuciones percibidas por las personas que ejercen la máxima responsabilidad, así como las declaraciones de bienes e intereses. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MARCHAL | Ver | |
213/2020 | 23/12/2020 |
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Se deberá publicar en la página web del Ayuntamiento las disposiciones y actos administrativos generales que versen sobre planificación, programación y gestión de viviendas; defensa de las personas consumidoras y usuarias; salud pública; patrimonio de la entidad, incluyendo las que afecten a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz (art. 54.1 LAULA, conforme a lo dispuesto en el art. 10.3 LTPA).// También la información económica, financiera y presupuestaria del ente local.// Igualmente, debe ser accesible la información en materia de personal y la que afecte a la selección, promoción y regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral de la entidad.// Debe publicarse la información sobre la actividad contractual del Ayuntamiento.// Finalmente, deberá ofrecerse la información atinente a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del Consistorio. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-RUBIO | Ver | |
100/2021 | 01/07/2021 |
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Se denuncia la falta de publicación de las actas de la Junta de Gobierno Local. Entre las obligaciones previstas en el Título II LTPA no se establece ninguna exigencia de publicidad activa para las entidades locales de Andalucía en lo que concierne a las actas de las Juntas de Gobierno Local. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DEL CAMPO | Ver | |
103/2021 | 12/07/2021 |
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Se analiza la ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en el marco de un procedimiento de calificación ambiental de un proyecto urbanístico. El Ayuntamiento ha subsanado el cumplimiento inicial deficiente de la obligación de publicidad activa al acordar la convocatoria de un nuevo periodo de información pública con posterioridad en el que ya se encuentra accesible para su consulta en sede electrónica la documentación relativa al proyecto. El Consejo no puede acordar la retroacción de las actuaciones que solicita la asociación denunciante al tratarse de una cuestión que escapa a su competencia por ser ajena, no sólo al ámbito de la publicidad activa que estipula el marco normativo regulador de la transparencia para los sujetos obligados, sino al propio régimen competencial delimitado por el Capítulo II del Título V de la LTPA. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | Ver | |
140/2021 | 29/12/2021 |
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El Consejo ha podido corroborar la publicación en la página web municipal de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas por el Ayuntamiento durante los meses de junio y julio de 2021, por lo que no se advierte incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el artículo 10.3 LTPA. Por otra parte, en el marco del procedimiento de denuncia, no corresponde a este Consejo procurar el acceso a información alguna y en particular a la “copia íntegra de las actas de los plenos municipales del Ayuntamiento de San Roque correspondientes a los meses indicados”, como solicita el denunciante; pues una petición en tal sentido sólo puede ser residenciada ante dicho Consistorio a través una solicitud de acceso a la referida información pública. Solicitud que en el caso ser inobservada o inadecuamente atendida por el Ayuntamiento (entonces sí) podría legitimar la interposición de una reclamación ante este órgano de control teniendo, en su caso, una vía diferenciada de tramitación por parte de este Consejo respecto de las denuncias. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE | Ver | |
4/2022 | 01/02/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de sus obligaciones de publicidad activa respecto de las retribuciones anuales percibidas por las personas que ejercen la máxima responsabilidad de la entidad local durante 2019 y 2020, la relación de puestos de trabajo de personal eventual correspondiente a la actual legislatura con sus retribuciones anuales, las actas de las sesiones plenarias celebradas por el Consistorio a partir de diciembre de 2020 y la Cuenta General del ejercicio 2020. Así pues, se requiere la oportuna subsanación. Por otra parte, en el caso de que el municipio pueda verse afectado por la escasez de medios materiales y/o personales, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE NERJA | Ver | |
27/2022 | 17/05/2022 |
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Las entidades locales tienen la obligación de divulgar, con carácter previo a la celebración de sus reuniones, el orden del día previsto y, una vez celebradas, los acuerdos que se hayan aprobado, así como la información contenida en el expediente que se haya sometido a su consideración, junto al propio acta de la sesión celebrada. Por otra parte, la obligación de satisfacer estos elementos de publicidad activa (añadidos por la LTPA) sólo resultó exigible para las entidades locales a partir del 10 de diciembre de 2016. Tras consultar el Portal de Transparencia del Ayuntamiento el Consejo ha podido advertir que no se encuentran publicados en su totalidad los órdenes del día y las actas correspondientes a las sesiones plenarias de 2017 y 2018, por lo que se requiere la oportuna subsanación para su debida publicación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR LA MAYOR | Ver | |
62/2023 | 18/07/2023 |
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El ente local inspeccionado ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024 en relación con la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016, por lo que se archiva el procedimiento iniciado de oficio por el Consejo por presunto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA ZONA SUBBÉTICA | Ver | |
81/2023 | 02/08/2023 |
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El ente local inspeccionado no ha procedido a subsanar los incumplimientos detectados en el marco del Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa 2023-2024, por lo que debe requerirse la oportuna subsanación de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 10.3 LTPA para la publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones plenarias celebradas a partir del 10 de diciembre de 2016. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE FUENTEHERIDOS | Ver | |
19/2017 | 12/06/2017 |
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Publicación de remuneraciones y declaraciones de bienes de concejales |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE ALGAIDAS | Ver | |
193/2020 | 10/11/2020 |
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Se analiza la publicidad activa de las declaraciones de bienes e intereses de los Diputados Provinciales. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ | Ver |