Ficha Resumen de la Resolución

Número
RES-550/2023
Fecha
08/08/2023
Resumen
Varias solicitudes de información formuladas por concejal de grupo político municipal (convenios, gastos municipales, contratos…). Se estima parcialmente la reclamación por aplicación de la regla general de acceso a la información. La entidad remite parte de la información al Consejo, pero es al solicitante a quien ha de remitirse, pues el Consejo no puede convertirse en receptor o transmisor de la información pública, sino velar por el cumplimiento del ejercicio de este derecho de acceso a la misma en los términos previstos en la LTPA y que la información llegue al ciudadano solicitante por parte del órgano reclamado. Se declara la terminación del procedimiento por entrega de parte de la información durante la tramitación de la reclamación.
Indicador
Pérdida sobrevenida del objeto
Información concedida durante tramitación reclamación
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
INFORMACIÓN AL SOLICITANTE, NO AL CONSEJO
Regla general de acceso a la información pública
Trámite de alegaciones a terceros afectados
Contratación o Convenios
Regla general de acceso a la información pública
Ley
LTAIBG
LTPA
LTPA
LTAIBG
LTAIBG
LTAIBG
·
LTPA
Artículo
24
24
24
12
12
19
·
7
Párrafo
24.1
24
24
12
12
19.3
·
7 b)
Ámbito
ENTIDADES LOCALES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE VILLARALTO
Provincia
CÓRDOBA
Sentido
ESTIMADA PARCIALMENTE
Resolución