Nº de Registros encontrados: 4001
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido Ordenar ascendente | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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55/2021 | 17/03/2021 |
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No cabe duda que el objeto de la solicitud que está en el origen de la reclamación ("obtener el desglose, por centros provinciales, del aumento de horas planificadas que se ha llevado a cabo relacionado con un incremento del importe del contrato de Ferrovial para la gestión del 112 Andalucía") constituye información pública a los efectos del art. 2 a) LTPA.//No queda acreditado que el órgano reclamado pusiera a disposición de la persona reclamante el “desglose por centros provinciales”, por lo que no habiendo sido alegada ninguna limitación ni causa impeditiva al acceso, se estima la reclamación (regla general de acceso a la información pública). | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR | Ver | |
019/2021 | 29/01/2021 |
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Solicitud de información sobre regulación funeraria. De acuerdo con la regla general de acceso a la información pública ha de ponerse a disposición del reclamante la información, y si no existe debe expresarse esta circunstancia. Estimada. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE AGRÓN | Ver | |
021/2021 | 01/02/2021 |
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Las personas jurídicas no son titulares del derecho fundamental a la protección de datos personales y, por ende, no cabe aplicar este límite cuando se trata de obtener alguna información referente a las mismas.//La aplicación de los límites procede cuando: los “contenidos o documentos” [art. 2.a) LTPA] a los que se quiere acceder inciden realmente en la materia definitoria del límite en cuestión (...); ha de identificarse el riesgo de un perjuicio “concreto, definido y evaluable”, así como argumentarse la existencia de una relación de causalidad entre el perjuicio y la divulgación de la información solicitada; y finalmente, si los beneficios derivados de la evitación del perjuicio han de prevalecer sobre los intereses públicos o privados que pueda conllevar la difusión de la información”. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | DELEGACIÓN TERRITORIAL SALUD Y FAMILIAS EN CÁDIZ | Ver | |
022/2021 | 01/02/2021 |
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Información sobre expediente sancionador correspondiente al propio interesado. De acuerdo con la regla general de acceso a la información pública ha de ponerse a disposición del reclamante la información, y si no existe debe expresarse esta circunstancia. Estimada. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA | Ver | |
71/2021 | 23/03/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en que sólo se ofreció determinada información respecto del "expediente del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos alimentarios de Andalucía, en donde se censan las empresas de restauración (bares, restaurantes, comedores.....)”, referido a un Instituto de Educación Secundaria.//Al no poder apreciarse que el acceso conlleve un riesgo real de perjuicio para las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, no procede aplicar el límite invocado por el órgano reclamado ex art. 14.1 g) LTAIBG. Se estima. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS | Ver | |
72/2021 | 23/03/2021 |
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El objeto de la reclamación se centra en que sólo se ofreció determinada información respecto del "expediente del Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos alimentarios de Andalucía, en donde se censan las empresas de restauración (bares, restaurantes, comedores.....)”, referido a un Instituto de Educación Secundaria.//Al no poder apreciarse que el acceso conlleve un riesgo real de perjuicio para las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control, no procede aplicar el límite invocado por el órgano reclamado ex art. 14.1 g) LTAIBG. Se estima. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS | Ver | |
73/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa al inventario de bienes inmuebles (incluyendo inventario de caminos), tanto propios como en régimen de arrendamiento, ocupados o adscritos al Ayuntamiento. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
74/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a las “ordenanzas reguladoras y fiscales municipales, vigentes” y a la “relación de puestos de trabajo aprobada y vigente en la actualidad. Informe de valoración de puestos de trabajo”. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
75/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a copia de las “licencias de apertura y de actividad, en caso de que corresponda, de todos los edificios municipales”. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
76/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de dicha información, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
77/2021 | 23/03/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada relativa a determinada información urbanística. Y en el caso de que no existiera alguno de los extremos de la información solicitada, habrá de indicarle expresamente esta circunstancia. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ADAMUZ | Ver | |
70/2021 | 19/03/2021 |
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Se reclama el acceso a las actas de los Consejos Escolares de un centro educativo donde se aprueban los Planes de Autoprotección y, en su caso, de las modificaciones significativas que se hayan ido introduciendo en dichos Planes de Autoprotección durante los cursos 2015/2016, 2016/2017, 2017/18 y 2018/2019. La petición se incardina claramente en el concepto de “información pública” que articula nuestros sistema de transparencia [artículo 2 a) LTPA]. Se estima. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE | Ver | |
102/2021 | 06/04/2021 |
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No resultan de aplicación las causas de inadmisión alegadas por el Ayuntamiento referidas al artículo 18.1.c) y e) LTAIBG a la solicitud en cuestión. La reclamación debe ser estimada y el Ayuntamiento debe facilitar a la interesada la información solicitada previa disociación de los datos personales que eventualmente pudieran aparecer en la misma. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA | Ver | |
106/2021 | 07/04/2021 |
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El órgano reclamado no ha podido acreditar documentalmente la fecha en que resultó notificada la Resolución objeto de la reclamación, lo que impide constatar la extemporaneidad de ésta.// El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// Puede pedirse cualquier información con independencia de la fecha en que la misma hubiese sido elaborada o adquirida por el sujeto obligado por lo que resulta indiferente los cuatro años fijados por la LGT para comprobar e investigar los libros de contabilidad y otros registros obligatorios.// No resulta de aplicación la causa de inadmisión alegada por el órgano reclamado referida al artículo 18.1 e) LTAIBG a la solicitud en cuestión, ya que no supondría una excesiva carga administrativa atender la solicitud de información en sus estrictos términos e individualmente considerada.// El acceso a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado debe hacerse garantizando un equilibrio que impida obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”.// La reclamación debe ser estimada y el órgano reclamado debe facilitar al interesado la información solicitada en los términos indicados. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE | Ver | |
107/2021 | 07/04/2021 |
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El órgano reclamado no ha podido acreditar documentalmente la fecha en que resultó notificada la Resolución objeto de la reclamación, lo que impide constatar la extemporaneidad de ésta.// El objeto de la reclamación se centra en obtener diversa información relacionada con un centro educativo que constituye inequívocamente información pública.// Puede pedirse cualquier información con independencia de la fecha en que la misma hubiese sido elaborada o adquirida por el sujeto obligado por lo que resulta indiferente los cuatro años fijados por la LGT para comprobar e investigar los libros de contabilidad y otros registros obligatorios.// No se invoca ninguna causa de inadmisión ni ningún límite que permita restringir el acceso a la contabilidad de los cursos solicitados (regla general de acceso).// El acceso a la relación de todos los contratos menores celebrados por el centro educativo durante el periodo solicitado debe hacerse garantizando un equilibrio que impida obstaculizar el normal funcionamiento de la Administración involucrada, afectándose así “la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos”.// La reclamación debe ser estimada y el órgano reclamado debe facilitar al interesado la información solicitada en los términos indicados. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE | Ver |