Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1160
Mostrando del 856 al 870
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Nº Ordenar descendente | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha |
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58/2023 | 13/07/2023 |
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La persona denunciante achaca a la empresa pública una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada en su página web diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la empresa pública denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | ONDA RINCÓN, S.L. (RADIO VICTORIA) | Ver |
59/2018 | 13/06/2018 |
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Se denuncia incumplimiento de publicidad activa en la exposición pública de la Cuenta General de 2014. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE GUARO | Ver |
59/2020 | 12/03/2020 |
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Ausencia de publicación telemática en trámite de información pública sobre expediente de calificación ambiental. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BAÑOS DE LA ENCINA | Ver |
59/2021 | 05/05/2021 |
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Se archiva el procedimiento por cumplimiento durante su tramitación | ARCHIVO | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | FEDERACIÓN ANDALUZA DE PESCA DEPORTIVA | Ver |
59/2022 | 16/09/2022 |
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El Consejo ha podido constatar que no se encuentran publicadas las retribuciones de las personas que ejercen la máxima responsabilidad en el Ayuntamiento desde el año 2016, por lo que se requiere su oportuna publicación. A este respecto, el Consejo viene subrayando reiteradamente que la adecuada materialización de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 11 b) LTPA exige la publicación de forma individualizada del importe de las retribuciones realmente percibidas por cada uno de los máximos responsables de la entidad local que comprenda cualquier asignación económica recibida anualmente como consecuencia del ejercicio de sus cargos, independientemente de la naturaleza jurídica que puedan revestir los distintos conceptos retributivos (como pudieran ser indemnizaciones, asistencias o similar). | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
59/2023 | 13/07/2023 |
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La persona denunciante atribuye al Ayuntamiento de Bormujos un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 16 e) LTPA, al no aparecer publicada en su Portal de Transparencia la información correspondiente al gasto público realizado en campañas de publicidad institucional. El Consejo, por su parte, no ha podido advertir publicada información alguna de esta naturaleza desde que dicha obligación resultó exigible al ente local (10/12/2016). Circunstancia que unida a la ausencia de alegaciones en relación con los hechos denunciados que permitan justificar, en su caso, a qué se debe dicha ausencia; conducen a considerar el cumplimiento deficiente de la citada obligación de publicidad activa y requerir al ente local denunciado la correspondiente subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS | Ver |
59/2024 | 29/05/2024 |
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La denuncia atribuye al Ayuntamiento un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 13.1 e) LTPA, al no resultar accesible telemáticamente la documentación de un expediente de calificación ambiental durante el trámite de información pública practicado. El Reglamento de Calificación Ambiental de Andalucía aplicable al caso prevé la concesión del trámite de información pública, lo que activa a su vez la obligación de llevar a cabo la publicación de los documentos que lo conforman en la sede electrónica, portal o página web del ente local, en virtud de lo dispuesto en el artículo reseñado. Tras consultar las distintas plataformas electrónicas con las que cuenta el Consistorio, el Consejo ha podido constatar que, efectivamente, no se encuentra disponible documentación alguna concerniente al expediente de calificación ambiental. Teniendo en cuenta que el órgano de control ya constató el deficiente cumplimiento por parte de este Ayuntamiento de la obligación de publicidad activa analizada con motivo de una denuncia anterior, el Consejo procede a declarar su incumplimiento y acordar que se tramite el procedimiento para instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario, de acuerdo con lo previsto en el art. 57.2 LTPA. | INCUMPLIMIENTO | No consta | AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL RIO Y MINAS | Ver |
6/2020 | 20/01/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública de Proyecto de Actuación. | INCUMPLIMIENTO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LA LUISIANA | Ver |
6/2021 | 28/01/2021 |
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Ausencia de publicación telemática en trámite de información pública de un proyecto de actuación. | INCUMPLIMIENTO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | Ver |
6/2022 | 09/02/2022 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de determinadas exigencias de publicidad activa previstas en el art. 10.1 LTPA en relación con la información institucional y organizativa que facilita en su página web y portal de transparencia relativa a: organigrama actualizado, sede física y correo electrónico de contacto, relación de órganos colegiados adscritos y normas por las que se rigen, resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos, acuerdos o pactos reguladores de las condiciones de trabajo y convenios colectivos vigentes, personas representantes del personal y agenda institucional de la Alcaldía. Así pues, se requiere la oportuna subsanación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO | Ver |
6/2023 | 30/01/2023 |
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El escrito de denuncia no identifica qué concretas exigencias de publicidad activa han sido pretendidamente desatendidas por la entidad local denunciada, derivando a este Consejo la tarea de llenar de un contenido preciso el objeto de la denuncia. Así pues, ante el carácter genérico e indeterminado de la misma y la falta de acreditación del incumplimiento de alguna obligación de publicidad activa prevista en la normativa de transparencia, procede su inadmisión y la declaración de archivo. Ello no impide que la persona denunciante vuelva a plantear denuncia en el caso de que aprecie eventuales incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa a las que pueda sujetarse la citada entidad. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN | Ver |
6/2024 | 23/01/2024 |
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La persona denunciante achaca al Ayuntamiento una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información de carácter institucional y organizativo; sobre altos cargos y/o máximos responsables; contratos; y de índole económica, financiera y presupuestaria. El Consejo ha podido advertir que la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. Por otra parte, aunque la denuncia también reseña que la información publicada incumple el principio de reutilización, el Consejo no aprecia vulneración alguna de dicho principio, en tanto en cuanto los documentos que se encuentran publicados no dan muestras de contrariar el mismo. |
SUBSANACIÓN | No consta | AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR | Ver |
6/2025 | 23/01/2025 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de diversas obligaciones de publicidad activa, ya que no facilita en sede electrónica (o lo hace de modo incompleto) diversa información sobre retribuciones e indemnizaciones percibidas por los altos cargos previstas en el art. 11 b) y c) LTPA; así como de tipo presupuestario establecida en los arts. 16 a) LTPA y 54.1 k) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. En consecuencia, el Consejo requiere la oportuna subsanación. No obstante, en relación a las obligaciones dispuestas en los arts. 11 b) LTPA y 54.1 k) LAULA (por remisión del art. 10.3 LTPA), se declara a su vez el incumplimiento al haber sido ya objeto de requerimiento de subsanación mediante Resolución previamente dictada por este órgano de control ante otras denuncias presentadas igualmente ante supuestas deficiencias de publicidad activa por parte del Ayuntamiento. Asimismo, la denuncia también reprocha la ausencia de publicación de un expediente de designación de un abogado gestionado por el Consistorio así como de cierta información sobre arrendamientos o cesiones de bienes públicos realizadas por el Ayuntamiento. En estos supuestos, los términos en que se plantea la denuncia no permiten identificar la efectiva materialización del supuesto incumplimiento de obligaciones de publicidad activa al que se refiere. | INCUMPLIMIENTO Y SUBSANACIÓN | Almería | Ayuntamiento de Padules | Ver |
60/2018 | 13/06/2018 |
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Se denuncia incumplimiento de publicidad activa en trámite de información pública de proyecto de actuación de instalaciones. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE EL CORONIL | Ver |
60/2019 | 19/02/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de cuenta general | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE TOCINA | Ver |