Nº de Registros encontrados: 4001
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo Ordenar ascendente | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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56/2020 | 24/02/2020 |
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Solicitud de información referida a un proceso de adjudicación de puesto. El órgano le ofrece la información de acuerdo con la doctrina que este Consejo viene aplicando. La reclamante solicita que se le ofrezca la lista de candidatos, pero el Consejo considera que el órgano adoptó acertadamente la decisión de no ofrecer esta información por cuanto, como es criterio de este Consejo, se considera un sacrificio de la privacidad que resulta excesiva para la satisfacción del interés público inherente a la divulgación de la información solicitada. Desestimada. | DESESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA | Ver | |
312/2020 | 21/10/2020 |
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Se solicita información sobre actas de evaluación educativas. El órgano aplicó el artículo 19.1.b) LTAIBG considerando que eran documentos de información auxiliar que el Consejo desestima, por lo que ha de ofrecerse dicha información. // Se alega que la información contiene nombres de menores. El Consejo resuelve instando a que sean disociados los nombres de los menores afectados. | ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, DEPORTE, IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN EN MÁLAGA | Ver | |
22/2019 | 03/02/2019 |
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Asignación de subvenciones a grupos políticos en el Ayuntamiento. Los grupos políticos, según la normativa aplicable, han de llevar una contabilidad respecto a dichas asignaciones. La información solicitada es información pública a los efectos de la LTPA, e incluso pueden ser consideradas como obligaciones de publicidad activa. El órgano ofrece información sólo respecto a un período. Pero no alega razón que justifique la limitación o retención de la información referente a todo el periodo solicitado, por lo que, de acuerdo con la regla general del acceso a la información, ha de ofrecerse la información conforme a lo solicitado. // El órgano argumenta que no se motiva la solicitud, hecho que es desestimado por el Consejo pues no se precisa que haya que motivarse la solicitud de informacicón. Argumenta que ha de protegerse la información de los Grupos políticos, hecho que es desestimado igualmente, y que el peticionario se convertiría en fiscalizador, cuestión ésta que se desestima igualmente. // La finalidad del reclamante no es otra que conocer el modo en que se gestionan y controlan las dotaciones económicas destinadas a los grupos políticos municipales. // Se estima igualmente que se ofrezca la información de las facturas que justifiquen el gastos al período solicitado, así como el documento que justifique la asignación al grupo político de la subvención. | ESTIMADA | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA | Ver | |
85/2019 | 01/04/2019 |
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Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional.// No se precisa ningún interés cualificado para ejercitar el derecho de acceso a la información ante los sujetos obligados al cumplimiento de la legislación de transparencia.// La información solicitada no se incardina en ningún prcedimiento específico de acceso a la información, por lo que no es de aplicación la DA Cuarta LTPA. // Es manifiesto el interés público en que se difunda la información relativa al proceso electoral, y resulta acorde con la legislación de transparencia que se facilite las actas objeto de la pretensión. Relevancia pública que resulta tanto más evidente en el presente caso, habida cuenta del mandato constitucional que exige que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales sean democráticos. Se ha de realizar una disociación de datos personales. Se estima | ESTIMADA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE ENFERMERÍA | Ver | |
018/2020 | 27/01/2020 |
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Subvenciones que ha recibido una entidad en un período de tiempo. La entidad inadmite por la causa de solicitud abusiva que el Consejo rechaza por cuanto dicha circunstancia al hecho de que la misma la haya presentado un solicitante que de forma insistente ejercita su derecho de acceso, salvo determinadas expceciones (Res-181/2018). También se rechaza la causa de inadmisión por repetitiva por cuanto la entidad no ha identificado ninguna solicitud o solicitudes previas que operen como adecuado término de comparación para enjuiciar el carácter repetitivo de la que trae causa de la reclamacón. El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso de la información. |
ESTIMADA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | CLUB DEPORTIVO AL-BAYYANA | Ver | |
80/2020 | 13/03/2020 |
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Solicitud de un interesado en un expediente sancionador tramitado contra él. El órgano resuelve que es información personal y no le resulta aplicable la LTPA. El Consejo rechaza esta alegación porque no hay anclaje jurídico suficiente en la misma que permita excluir de su ámbito de aplicación, incondicionalmente y de forma categórica, toda solicitud que persiga acceder a información personal del solicitante. Durante la tramitación del procedimiento, si al órgano le suscita duda acerca de la identidad de quien solicita la información, antes de rechazarla ha de conceder un plazo de subsanación. Cuando la solicitud de información se ciña a unos concretos contenidos o documentos relativos única y exclusivamente a su propia persona, la pretensión deberá satisfacerse a través del derecho de acceso consagrado en la normativa de protección de datos. En el caso analizado, la información solicitada es un expediente. Así cuando de un entero expediente se trate, en mérito de la seguridad jurídica dada la alta probabilidad de que contenga datos concernientes a terceras personas, y otros documentos que no contengan ningún dato de carácter personal, la solicitud de información deberá tramitarse en línea de principio en el marco de la LTPA. Estimada |
ESTIMADA | JUNTA DE ANDALUCÍA | VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN | Ver | |
93/2019 | 07/04/2019 |
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Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional.// No se precisa ningún interés cualificado para ejercitar el derecho de acceso a la información ante los sujetos obligados al cumplimiento de la legislación de transparencia.// La información solicitada no se incardina en ningún prcedimiento específico de acceso a la información, por lo que no es de aplicación la DA Cuarta LTPA. // Es manifiesto el interés público en que se difunda la información relativa al proceso electoral, y resulta acorde con la legislación de transparencia que se facilite las actas objeto de la pretensión. Relevancia pública que resulta tanto más evidente en el presente caso, habida cuenta del mandato constitucional que exige que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales sean democráticos. Se ha de realizar una disociación de datos personales. Se estima | ESTIMADA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DE HUELVA | Ver | |
95/2019 | 07/04/2019 |
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Información sobre procesos electorales en un Colegio Profesional.// No se precisa ningún interés cualificado para ejercitar el derecho de acceso a la información ante los sujetos obligados al cumplimiento de la legislación de transparencia.// Es manifiesto el interés público en que se difunda la información relativa al proceso electoral, y resulta acorde con la legislación de transparencia que se facilite las actas objeto de la pretensión. Relevancia pública que resulta tanto más evidente en el presente caso, habida cuenta del mandato constitucional que exige que la estructura interna y el funcionamiento de los Colegios Profesionales sean democráticos. Se ha de realizar una disociación de datos personales. Se estima | ESTIMADA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DE CÁDIZ | Ver | |
121/2020 | 08/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
129/2020 | 13/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
131/2020 | 13/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
120/2020 | 03/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
128/2020 | 13/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
130/2020 | 13/04/2020 |
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Transparencia en Colegios Profesional. El Consejo se ciñe a supervisar la actuación de los Colegios Profesionales únicamente desde la perspectiva de las obligaciones y derechos consagrados por la LTPA. Y solamente nos corresponde examinar si han atendido las exigencias de transparencia respecto de sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, tal y como dispone el artículo 3.1 h) LTPA. La contabilidad completa de un Colegio Profesional no está comprendida entre la documentación que pueda ofrecerse por la LTPA. | INADMITIDA | CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO | COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE MALAGA | Ver | |
167/2018 | 15/05/2018 |
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Acceso a información sobre programas que desarrolla la Diputación. Se concedió la información tardíamente. Declaración de terminación | DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO | ENTIDADES LOCALES | DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA | Ver |