Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 978
Mostrando del 631 al 645
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Nº | Fecha | Indicador Ordenar descendente | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano | Ficha | |
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67/2019 | 25/02/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de cuenta general y aprobación inicial de presupuestos | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CASTILLEJA DEL CAMPO | Ver | |
156/2019 | 19/06/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de los Presupuestos 2017 | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE SAN NICOLÁS DEL PUERTO | Ver | |
174/2020 | 24/09/2020 |
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Incumplimiento de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en aprobación inicial de presupuestos. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LA ALGABA | Ver | |
21/2021 | 23/03/2021 |
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No es preceptiva la publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento del Presupuesto General para el ejercicio 2021 tras su aprobación inicial. Puede prescindirse del trámite de información pública al tratarse de una norma presupuestaria. Se archiva. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CANTILLANA | Ver | |
71/2018 | 10/07/2018 |
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La denuncia versa sobre incumplimientos de publicidad activa en el procedimiento de aprobación del PGOU pero el Consejo verifica la existencia de la información. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE EL ARAHAL | Ver | |
188/2019 | 12/08/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de Proyecto de Actuación. // El Ayuntamiento ha de publicar en la página web las normas una vez aprobaas definitivamente, de acuerdo con el art. 10.3 LTPA.// Ha de publicarse las disposiciones y actos en materia de medio ambiente de acuerdo con lo exigido en el art. 54.1 n) LAULA. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE VALLE DEL ZALABI | Ver | |
214/2020 | 28/12/2020 |
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Habrá de publicarse en la página web, las disposiciones y actos administrativos generales que versen sobre el patrimonio de la entidad local denunciada y, en particular, los relativos al inventario general consolidado. (54.1 LAULA).// Ha de publicarse la normativa que le sea de aplicación al órgano. //Igualmente, las relativas a urbanismo y medio ambiente. // Es exigible la publicación sobre la actividad contractual del organismo. // Finalmente ha de ser pública las subvenciones y ayudas públicas otorgadas por el Ayuntamiento. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CHERCOS | Ver | |
017/2021 | 24/02/2021 |
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Ha de publicarse el organigrama actualizado del Ayuntamiento.// Igualmente deben publicarse las disposiciones de carácter general adoptadas por el ente local en materia urbanística. //Deberá resultar accesible la información relativa a la actividad contractual de la entidad local. // Resulta exigible la publicación de la información presupuestaria de la entidad.// Finalmente, han de publicacrse las retribuciones percibidas por las personas que ejercen la máxima responsabilidad, así como las declaraciones de bienes e intereses. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MARCHAL | Ver | |
18/2021 | 16/03/2021 |
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Se encuentra publicada la información que afecta tanto al Plan General de Ordenación Urbana como al Plan Municipal de Vivienda y Suelo. Se archiva | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE CASTILLEJA DE LA CUESTA | Ver | |
213/2020 | 23/12/2020 |
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Se deberá publicar en la página web del Ayuntamiento las disposiciones y actos administrativos generales que versen sobre planificación, programación y gestión de viviendas; defensa de las personas consumidoras y usuarias; salud pública; patrimonio de la entidad, incluyendo las que afecten a los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz (art. 54.1 LAULA, conforme a lo dispuesto en el art. 10.3 LTPA).// También la información económica, financiera y presupuestaria del ente local.// Igualmente, debe ser accesible la información en materia de personal y la que afecte a la selección, promoción y regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral de la entidad.// Debe publicarse la información sobre la actividad contractual del Ayuntamiento.// Finalmente, deberá ofrecerse la información atinente a las reuniones de los órganos colegiados de gobierno del Consistorio. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-RUBIO | Ver | |
103/2021 | 12/07/2021 |
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Se analiza la ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en el marco de un procedimiento de calificación ambiental de un proyecto urbanístico. El Ayuntamiento ha subsanado el cumplimiento inicial deficiente de la obligación de publicidad activa al acordar la convocatoria de un nuevo periodo de información pública con posterioridad en el que ya se encuentra accesible para su consulta en sede electrónica la documentación relativa al proyecto. El Consejo no puede acordar la retroacción de las actuaciones que solicita la asociación denunciante al tratarse de una cuestión que escapa a su competencia por ser ajena, no sólo al ámbito de la publicidad activa que estipula el marco normativo regulador de la transparencia para los sujetos obligados, sino al propio régimen competencial delimitado por el Capítulo II del Título V de la LTPA. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA | Ver | |
135/2021 | 16/12/2021 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de diversas obligaciones de publicidad activa recogidas en el Título II de la LTPA, por lo que ha de requerirse la oportuna subsanación. Por otra parte, en el caso de que el municipio pueda verse afectado por restricciones u incidencias de carácter económico o técnico, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). Premisa que no se satisface en el presente caso en tanto en cuanto el Consistorio no se planteó hacer uso del referido cauce hasta que la denuncia fue presentada ante el Consejo. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE LA RODA DE ANDALUCÍA | Ver | |
3/2022 | 24/01/2022 |
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El Ayuntamiento denunciado está obligado a publicar en su sede electrónica, portal o página web la información relativa a las disposiciones y actos administrativos generales relacionados con la ordenación y prestación del servicio del tanatorio municipal, en virtud de lo establecido en el art. 54.1 c) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. Información que, lógicamente, debe incluir la relativa a las tarifas aplicables a las personas usuarias por la utilización de ese servicio, como reclama la persona denunciante. Tras la consulta de la página web del Ayuntamiento, el Consejo ha podido constatar que una vez aprobadas las tarifas por el uso del tanatorio municipal ya resulta posible consultarlas en la página web del Consistorio, superando así la falta de publicidad anterior motivada por la falta de regulación de las mismas. En estos términos, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que debe procederse al archivo de la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE | Ver | |
7/2022 | 11/02/2022 |
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El Ayuntamiento denunciado está obligado a publicar en su sede electrónica, portal o página web la información relativa a las disposiciones y actos administrativos generales relacionados con la ordenación y prestación del servicio del tanatorio municipal, en virtud de lo establecido en el art. 54.1 c) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. Información que, lógicamente, debe incluir la relativa a las tarifas aplicables a las personas usuarias por la utilización de ese servicio, como reclama la persona denunciante. Tras la consulta de la página web del Ayuntamiento, el Consejo ha podido constatar que una vez aprobadas las tarifas por el uso del tanatorio municipal ya resulta posible consultarlas en la página web del Consistorio, superando así la falta de publicidad anterior motivada por la falta de regulación de las mismas. En estos términos, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que debe procederse al archivo de la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE | Ver | |
28/2022 | 23/05/2022 |
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Aunque la denuncia viene a señalar un presunto incumplimiento de lo dispuesto en el art. 10.3 LTPA tras advertir la ausencia de diversa información cuya publicidad viene establecida en el art. 54.1 LAULA, el Consejo ha podido confirmar que se encuentra accesible en las plataformas electrónicas del Ayuntamiento diversa información de dicha índole. Esta conclusión la corrobora el hecho de que uno de los decretos cuya falta de publicación reprocha la persona denunciante no se encuentra incluido en el supuesto de hecho definido por la obligación de publicidad activa precitada, en tanto en cuanto lejos de tener carácter general (como exige el art. 54.1 LAULA) responde a un acto administrativo de carácter singular y concreto que está dirigido a una pluralidad determinada de destinatarios y cuyo contenido se agota con su sola aplicación. Así pues, no se advierte incumplimiento alguno de la normativa de transparencia en los términos planteados por lo que el Consejo archiva la denuncia. Ello no impide que cualquier persona pueda solicitar (en aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 LTPA) toda suerte de información que en relación con el citado Decreto pueda encontrarse en poder del Ayuntamiento, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública. Solicitud que en el caso de ser inobservada o inadecuamente atendida por el Consistorio podría legitimar la interposición de una reclamación ante este órgano de control al amparo de lo que establece el citado artículo. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE BENAMEJÍ | Ver |