Nº de Registros sobre denuncias encontradas: 1012
Mostrando del 526 al 540
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Nº | Fecha | Indicador | Ley | Art | Párrafo | Resumen | Sentido | Ámbito | Órgano Ordenar descendente | Ficha |
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101/2023 | 10/10/2023 |
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La persona denunciante achaca a la entidad local una serie de supuestos incumplimientos de obligaciones de publicidad activa al no encontrarse publicada diversa información que atañe a contratos y a las relaciones de puestos de trabajo. El Consejo ha podido advertir que, efectivamente, la información que se encuentra publicada al respecto resulta escasa e insuficiente. Así pues, en virtud de lo dispuesto en el art. 23 LTPA, el Consejo requiere a la entidad local denunciada la correspondiente subsanación, lo que ha de traducirse en la necesaria publicación en sede electrónica, portal o página web de la información que cumplimente adecuadamente dichas exigencias de publicidad activa. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTILLA | Ver |
206/2019 | 11/10/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de Proyecto de Actuación | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTILLANA | Ver |
122/2020 | 18/05/2020 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTORO | Ver |
3/2022 | 24/01/2022 |
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El Ayuntamiento denunciado está obligado a publicar en su sede electrónica, portal o página web la información relativa a las disposiciones y actos administrativos generales relacionados con la ordenación y prestación del servicio del tanatorio municipal, en virtud de lo establecido en el art. 54.1 c) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. Información que, lógicamente, debe incluir la relativa a las tarifas aplicables a las personas usuarias por la utilización de ese servicio, como reclama la persona denunciante. Tras la consulta de la página web del Ayuntamiento, el Consejo ha podido constatar que una vez aprobadas las tarifas por el uso del tanatorio municipal ya resulta posible consultarlas en la página web del Consistorio, superando así la falta de publicidad anterior motivada por la falta de regulación de las mismas. En estos términos, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que debe procederse al archivo de la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE | Ver |
7/2022 | 11/02/2022 |
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El Ayuntamiento denunciado está obligado a publicar en su sede electrónica, portal o página web la información relativa a las disposiciones y actos administrativos generales relacionados con la ordenación y prestación del servicio del tanatorio municipal, en virtud de lo establecido en el art. 54.1 c) LAULA, por remisión del art. 10.3 LTPA. Información que, lógicamente, debe incluir la relativa a las tarifas aplicables a las personas usuarias por la utilización de ese servicio, como reclama la persona denunciante. Tras la consulta de la página web del Ayuntamiento, el Consejo ha podido constatar que una vez aprobadas las tarifas por el uso del tanatorio municipal ya resulta posible consultarlas en la página web del Consistorio, superando así la falta de publicidad anterior motivada por la falta de regulación de las mismas. En estos términos, el Consejo considera que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho, por lo que debe procederse al archivo de la denuncia interpuesta. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE | Ver |
25/2023 | 04/05/2023 |
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La denuncia señala la ausencia de publicación electrónica de las actas correspondientes a las sesiones tanto del Pleno como de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento a partir del 18/07/2019. La publicidad de las actas de la Junta de Gobierno Local no forma parte de las obligaciones de publicidad activa impuestas por la LTPA a las entidades locales pero sí las del Pleno, en atención a lo dispuesto en el art. 10.3 LTPA. Al respecto, el Consejo ha podido advertir deficencias en cuanto a la publicación de estas últimas por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 23 LTPA, se requiere la oportuna subsanación. Si se careciera de la información respecto de alguna sesión plenaria o simplemente no existiera, el Ayuntamiento deberá dar expresa cuenta de ello en el apartado o pestaña correspondiente de la sede electrónica, portal o página web para su conocimiento expreso por parte de la ciudadanía, con objeto de lograr una mayor claridad en la información a ofrecer y de evitar posibles dudas o equívocos ante la consulta de dicha información por parte de ésta. Asimismo, a la hora de publicar la información, el Consistorio debe observar lo dispuesto en el art. 15 LTAIBG respecto a la protección de datos personales. Por otra parte, en el caso de que el municipio pueda verse afectado por la escasez de medios económicos y/o técnicos, antes de inclinarse por asumir el incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa debe recurrir al cauce del auxilio institucional de la Diputación Provincial (art. 20 LTPA). |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE | Ver |
22/2017 | 28/06/2017 |
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Desistimiento |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver |
45/2018 | 16/05/2018 |
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Información sobre planeamiento urbanístico. Se considera que el órgano cumple la obligación. |
ARCHIVO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver |
57/2018 | 05/06/2018 |
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Denuncia por falta de publicación electrónica de los documentos en un trámite de información pública | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver |
164/2019 | 27/06/2019 |
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Ausencia de publicación telemática de documentos en trámite de información pública en la aprobación de normas urbanísticas | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA | Ver |
36/2018 | 11/04/2018 |
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Ausencia de publicación en web de documentos en trámite de información pública. |
REQUERIMIENTO | EE.LL. | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | Ver |
001/2021 | 15/01/2021 |
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Perfil y trayectoria personal de concejales. Se archiva por considerarse que figuran en la página web. | ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | Ver |
130/2021 | 29/11/2021 |
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Se constata un cumplimiento deficiente por parte del Ayuntamiento de diversas obligaciones de publicidad activa por lo que ha de requerirse la oportuna subsanación. Por otra parte, aun cuando el Consejo carece de competencias sancionadoras a la vista del contenido de la LTPA, su artículo 57.2 lo habilita a instar la incoación de un procedimiento sancionador o disciplinario al órgano o entidad que resulte competente cuando constate incumplimientos que puedan ser calificados como alguna de las infracciones previstas en el Título VI de la LTPA; por lo que, dado que la Resolución insta a la entidad local a la publicación de determinada información, su eventual incumplimiento podría suponer el ejercicio de dicha habilitación. | SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | Ver |
53/2022 | 19/08/2022 |
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La persona denunciante atribuye al Ayuntamiento de Motril un supuesto incumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa como consecuencia de la falta de publicación electrónica de los costes de contratación relativos a una campaña publicitaria encargada por dicho Consistorio con motivo de la realización de un evento musical previsto en la ciudad en marzo de 2022. Y efectivamente, la interpretación conjunta de lo dispuesto en los arts. 15 a) y 16 e) LTPA permite sostener la exigencia que se impone para el Ayuntamiento denunciado de facilitar en su sede electrónica, portal o página web tanto el gasto público realizado en la campaña publicitaria encargada por el Consistorio para la realización del citado evento musical previsto como la información que dispone el art. 15 a) LTPA concerniente al supuesto contrato celebrado para la concertación de dicha campaña. El Consejo no ha podido localizar, sin embargo, la publicación de información alguna al respecto, por lo que ha de requerirse al ente local denunciado la correspondiente subsanación. |
SUBSANACIÓN | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | Ver |
70/2023 | 24/07/2023 |
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La persona denunciante atribuye al Ayuntamiento de Motril un supuesto incumplimiento de la obligación de publicidad activa prevista en el art. 16 e) LTPA, como consecuencia de la no publicación en el Portal de Transparencia Municipal del gasto público realizado en campañas de publicidad institucional durante los ejercicios 2021 y 2022. Sin embargo, el Consejo ha podido advertir que tanto la página web municipal como el Portal de Transparencia permiten acceder a esta información. Así las cosas, aún asumiendo que la publicación hubiera podido producirse tras la interposición de la denuncia, el Consejo resuelve su archivo; al considerar que el propósito de la transparencia ha quedado satisfecho. |
ARCHIVO | ENTIDADES LOCALES | AYUNTAMIENTO DE MOTRIL | Ver |